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La protección de la salud e integridad física de las personas justifica que la profesión enfermera sea una profesión regulada, titulada y colegiada.Un colegio profesional es una corporación de derecho público, reconocida por la Constitución, que ejerce funciones públicas y privadas, y que se sitúa entre la Administración, los colegiados y los usuarios, pacientes, empresas y entidades sociales, velando por la ética y la dignidad profesional de los colegiados y por la conciliación de sus intereses con el indudable interés público y los derechos de los ciudadanos y usuarios. En España la legislación establece la colegiación obligatoria en el ámbito de las profesiones sanitarias. Por tanto, para ejercer como enfermero/a es necesario e indispensable, tanto en el ámbito privado como en el público, estar incorporado al Colegio correspondiente. De esta forma, la colegiación supone un ejercicio de coherencia y respeto por la profesión de quienes la necesitan y quienes la ejercen, asegurando además que estos están sujetos a unos requisitos mínimos para garantizar la más alta calidad de los servicios profesionales prestados. El Colegio Oficial de Enfermería de Madrid es la institución que representa a las enfermeras y enfermeros que ejercen en la Comunidad de Madrid y cuyos fines esenciales son la ordenación del ejercicio de la profesión, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Comunidad de Madrid por razón de la relación funcionarial y, además, los siguientes:
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